martes, 19 de febrero de 2008

LINCHAMIENTO JUDICIAL

COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA

La sentencia del Tribunal Tercero de lo Penal de Pichincha, con la cual se condenó a ocho años de reclusión al señor Nicolás Landes Guerrero, ex Presidente Ejecutivo del Banco Popular y principal accionista de CEVAL, propietaria del Banco, como presunto autor del supuesto delito de “peculado bancario” que, según tales juzgadores, se habría perpetrado al ejecutarse una operación crediticia con el West Merchant Bank, operación lícita, debidamente autorizada e indudablemente beneficiosa para el Banco y sus clientes, es la vergonzosa conclusión de un proceso persecutorio en el desarrollo del cual, a partir de la perversa maniobra con la cual se precipitó el colapso del Banco para proteger la quiebra fraudulenta de otras instituciones del sistema financiero, se han consumado tortuosas manipulaciones de las normas y procedimientos financieros y bancarios, groseras violaciones a las leyes penales y escandalosas actuaciones de los más altos magistrados de la Judicatura y el Ministerio Público.

Para apreciar la absoluta veracidad de las aseveraciones que anteceden, bastaría referir que, el mismo Tercer Tribunal de lo Penal de Pichincha, el 28 de agosto de 2006, en el mismo proceso, sobreseyó definitivamente, es decir, liberó de culpa y pena, a los miembros del Directorio y a varios administradores del Banco Popular, por haber llegado a la conclusión, absolutamente obvia e incuestionable, de que no se había cometido el supuesto delito de peculado bancario, y señalando además que,
a la fecha en que se realizó la operación financiera falsamente imputada, no existía en la legislación penal ecuatoriana el delito de peculado bancario. ¿Cabía entonces, no solamente desde el punto de vista jurídico sino de la lógica más elemental que, sin embargo, se cometiera la infamia de condenar Nicolás Landes como Presidente del Banco?

Y que se lo hiciera a pesar de que consta expresamente en el proceso, que este fue iniciado por el Juez Quinto de lo Penal de Pichincha por las supuestas infracciones señaladas en los literales a) y b) del artículo 131 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero, en acatamiento a la presión indebida y desembozada del Ministerio Fiscal (cuya titular amenazó al Juez con denunciarlo ante el Consejo Nacional de la Judicatura si es que no dictaba el auto cabeza del proceso con orden de prisión preventiva contra Nicolás Landes), y sobre el único sustento probatorio de un memorando de la Superintendencia General de Bancos, dolosamente adulterado e ilegítimamente suscrito por su autor, el economista Pedro Delgado, quien tuvo la avilantez de comparecer como “testigo de cargo” y presionar al Tribunal para que cometa semejante barbaridad.

Cabe recordar también, que este infame logro del afán persecutorio contra Nicolás Landes, comenzó con la escandalosa adulteración de los estados financieros del Banco Popular del Ecuador, perpetrada en 1999, por el licenciado Eugenio Pendás, profesional argentino contratado para el efecto por el Superintendente General de Bancos de ese entonces, doctor Jorge Guzmán Ortega, quien redujo, sin fundamento contable, financiero ni jurídico alguno, el Patrimonio Técnico del Banco, a un ratio crítico del 3,54%, en vez del 12,45%, que había determinado inobjetablemente la auditora internacional Arthur Andersen, contratada por la propia Superintendencia de Bancos para analizar la situación del sistema financiero nacional, y confirmado luego por las auditoras Price Waterhouse y Deloitte and Touche. Esta dolosa manipulación degradó abruptamente la sólida imagen de solvencia institucional del Banco Popular, en momentos en que cundían en el país la zozobra y la inseguridad por la quiebra de varias instituciones del sistema. A esta perversa maniobra se añadió la instrumentada en Colombia contra el Banco Andino (de propiedad del Banco Popular del Ecuador), la misma que ha sido esclarecida y sancionada por las más altas personalidades de la prensa y el foro de la hermana república, que han reivindicado el nombre y la gestión de Nicolás Landes Guerrero, para escarnio de ciertos ecuatorianos, empeñados todavía en utilizarlo como “chivo expiatorio”, según lo dijera con sobra de razón el suplemento de investigación Blanco y Negro del diario “Hoy”, en su edición del 2 de julio de 2007.

Los hechos antes referidos fueron debidamente apreciados por la Comisión Investigadora de la Crisis Económica y Financiera, designada por Decreto Ejecutivo 263 de 9 de abril de 2007, bajo la presidencia del economista Eduardo Valencia Vásquez e integrada por el doctor Ramiro Larrea Santos y Monseñor Víctor Corral, en cuyo informe: “Síntesis de la Investigación Realizada” y con referencia al caso del Banco Popular, se expresa: “de los testimonios receptados y de investigaciones realizadas, se desprende que no había causal suficiente para la quiebra del Banco”. Este impactante informe, que lo es por la respetabilidad y calificación ética y profesional de quienes lo suscriben, está también incorporado al proceso.

La inexistencia de incorrección alguna (y mucho menos de delito alguno) en la gestión de Nicolás Landes Guerrero frente al Banco Popular, había sido anteriormente reconocida por el Auditor Penal doctor Dimitri Durán, designado por la Agencia de Garantía de Depósitos AGD para analizar la gestión de todos los bancos intervenidos, quien luego de un exhaustivo análisis de las cuentas y gestiones del Banco, concluyó afirmando categóricamente, que no había encontrado indicio alguno del delito de fraude del que se le acusaba. Y aquí hay que resaltar una nueva infamia de similar magnitud: Como la imputación de este delito (el supuesto “fraude”), no habría justificado que se solicitara la extradición de Nicolás Landes, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia doctor Galo Pico Mantilla, el 15 de febrero de 2001, inició este trámite luego de aseverar, con falsedad absoluta, que en el famoso auto cabeza del proceso se acusa a Nicolás Landes, también de “peculado”, cuando, como antes se señalara, tal delito no existía jurídicamente, a la fecha en que supuestamente fue cometido.

A todo lo cual se añade, como prueba irrefutable para poner en evidencia la maniobra política orquestada contra Banco Popular, que este es el único de los bancos intervenidos que, en el proceso de saneamiento pagó el 100% de los créditos de liquidez con el Banco Central y el 100% de sus pasivos con clientes, con recursos propios, producto de la liquidación de sus activos; y que, el valor real que adeuda a la AGD y a los fideicomitentes del fideicomiso Solidez, será holgadamente cubierto con la venta de los activos que todavía posee el Banco, entre los que se destaca, principalmente, la participación en el Campo Petrolero Onado, ubicado en la República de Venezuela, sobre cuyo manejo y destino, las autoridades de turno de la AGD, hasta la fecha, no han presentado ninguna cuenta ni explicación alguna.

Resta añadir, como epílogo digno de tan nefando proceso, la pretensión de que el Gobierno de Costa Rica autorice el inicio de nuevos juicios contra el señor Landes Guerrero, no obstante que su extradición fue concedida bajo la “Promesa Formal”, solemnemente presentada a dicho Gobierno el 10 de agosto de 2005, por el entonces Canciller Dr. Antonio Parra Gil y el Presidente titular de la Corte Suprema, doctor Jaime Velasco, en representación del Estado ecuatoriano, en el sentido de que “de conformidad con las normas constitucionales y legales vigentes, no sería juzgado, sentenciado o sometido a medida alguna que afecte su libertad personal, por hechos anteriores y distintos a los que motivaron su extradición”. Naturalmente, un Gobierno serio y profundamente democrático como el costarricense, hará caso omiso de tan in jurídica e indebida pretensión, en el inadmisible caso de que fuera oficialmente planteada por la Cancillería.

¿Hasta cuándo se persistirá en esta implacable, injusta y por ende perversa persecución a un inocente, que perjudica también con ignominiosa crueldad a centenares de inversionistas, accionistas, y ex – empleados de una institución bancaria que fue reconocida en el Ecuador y galardonada internacionalmente?.

Ex Canciller Carrión asegura que en su período CSJ no envió documentación pertinente a extradiciones

EL ÚNICO BANQUERO QUE NO DEBERÍA ESTAR PRESO ES NICOLÁS LANDES, PORQUE ES INOCENTE, PERO LA CANCILLERÍA TRAMITÓ SU EXTRADICIÓN CON INCREÍBLE AGILIDAD, A DIFERENCIA DE LO QUE LA OPINIÓN PÚBLICA HA PODIDO CONSTATAR EN EL CASO DE LOS BANQUEROS PODEROSOS, EN CUYOS TRÁMITES DE EXTRADICIÓN, DESAPARECEN 1.000 HOJAS..... ¿COINCIDENCIA? O QUIZÁ, INDICIOS DE CORRUPCIÓN.....

El comentario anterior, a propósito del siguiente artículo publicado en ecuadorinmediato.com y de las denuncias públicas realizadas por el Fiscal General de la Nación
____________________________________________

Febrero 19, 2008

Ex Canciller Carrión asegura que en su período CSJ no envió documentación pertinente a extradiciones

Solicita a Fiscal General de la Nación que se haga indagación correspondiente para determinar administración en que se extraviaron

Francisco Carrión, ex ministro de Relaciones Exteriores, explicó que en el período en el que ejerció las funciones no hubo envío de ninguna documentación con relación a extradiciones por el caso Isaías, puesto que no hubo requerimiento de ello por parte de la Corte Suprema de Justicia (CSJ). Asimismo, dijo haber solicitado al Fiscal General de la Nación que realice la indagación correspondiente sobre las denuncias presentadas por las pérdidas de más de 1.000 fojas del proceso, y se determine en qué administración ocurrió esto.
“Lo único que hago, en boletín de prensa que he emitido este fin de semana, es pedir al Fiscal General que indague a la brevedad posible, sin demora, especialmente el período comprendido entre el 10 de octubre de 2005 y el 15 de enero de 2007, período en el cual yo ejercí las funciones de Ministro de Relaciones Exteriores”, indicó Carrión.
Señaló que ha resuelto hacer un pronunciamiento público en el que solicita al Fiscal General que investigue y determine en que administración se extraviaron los documentos que menciona, sin caer en generalizaciones que podrían hacer daño a personas que no tienen nada que ver con el asunto.
“Es tan simple, que está recogido en el propio documento de la Cancillería, lo recojo yo porque es un pronunciamiento oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores y es que en el período en el que yo ejercí las funciones de Canciller, no hubo en definitiva envío de ninguna documentación, puesto que no hubo requerimiento de la Corte Suprema de Justicia del envío de esa documentación”, explicó Carrión en “El Poder de la Palabra” en Ecuadorinmediato.com/radio.
Acotó que para la investigación hay un método muy simple, puesto que existe un ingreso de comunicaciones junto con los ingresos y ahí se señala en el Ministerio de Relaciones Exteriores hay el recibo y hay una salida de documentos de la Corte Suprema de Justicia.
“De ese contraste del recibo e ingreso de la documentación y de la salida de esa documentación se establecerá cuando y en que período se extraviaron como afirma el Fiscal o se sustrajeron, o se mutilaron, porque parece que también habla de mutilación de documentos, en que período y quienes fueron los responsables”, informó Carrión.
Manifestó que en el año 2000 había dejado la Cancillería y viajaba a Madrid ha asumir la Jefatura de la Embajada.
Con relación al caso de Alejandro Peñafiel, Carrión subrayó: “Cuando yo fui embajador en Madrid, se produjo, se consiguió la extradición del señor Peñafiel, fue una historia muy compleja, puesto que el señor Peñafiel venía de ser extraditado de Beirut donde fue capturado y al hacer una escala en París fue detenido por la Policía francesa y liberado de la Policía ecuatoriana que le custodiaba y puesto en libertad, él tomó un avión a Madrid, en esos días, precisamente, había yo asumido ya la embajada en Madrid y me correspondió el proceso de extradición del señor Peñafiel”.
Señaló que de su gestión como Canciller también puede comentar el proceso de extradición del señor Nicolás Landes que se concretó y ha estado vinculado con los procesos a ex banqueros, con el fin de que se haga justicia en el Ecuador.
Explicó que el Ministerio de Relaciones Exteriores es una especie de “correa de transmisión”, porque es la Corte Suprema de Justicia la que provee toda la documentación para que esta sea entregada a la Cancillería y esta entidad le traslade a la Embajada del Ecuador, en el país que corresponda, y a su vez se le entregue a las autoridades competentes.
“Lo que quiero hacer hincapié en que la Justicia, la Función Judicial haga esas gestiones para efectos de extradición las haga correctamente, las haga sin demora, las hago en este caso con la traducción al inglés, que era uno de los temas que más preocupaba y por los canales adecuados”, indicó Carrión.
Destacó que en su período mantuvo conversaciones con el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de ese tiempo, para que las extradiciones de los hermanos Isaías se realicen formalmente por parte de esta función, pero no hubo ningún requerimiento para el envío de documentación, dijo.
“Lo que hay también que establecer con precisión es el número de fojas que se habrían extraviado o se habrían mutilado, porque inicialmente el Ministro Fiscal habló de mil hojas, me parece, a través de la prensa y luego esto se redujo a 500 que creo que la Cancillería reconoció; de tal manera que hay que establecer con precisión también el número de hojas que se remitieron desde la Corte Suprema y que número de hojas se remitieron a Washington, éstas que, sin seguir los canales usuales o correctos, llegaron al gobierno de los Estados Unidos; esto es a través del consejero político de la Embajada de Quito”, indicó Carrión.